RETOS DEL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO

El desarrollo tecnológico capaz de obtener superioridad, o causar daños colaterales, superfluos, o sufrimientos innecesarios, la privatización de la guerra, la aparición de nuevos actores capaces de practicar violencia, la superposición de las políticas públicas y las privadas, Estados débiles en sus democracias, la guerra mediática o paralela, la guerra ciberespacial, pero sobre todo la desacertada interpretación del derecho internacional, son retos al que se tienen que enfrentar el Derecho Internacional Humanitario. Artículo 2.4 de las Naciones Unidas advierte a los Estados: “Los Miembros de la Organización, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los Propósitos de las Naciones Unidas”. Pero existen algunas excepciones a este principio que la misma Carta de la ONU preceptúa: El recurrir a la fuerza armada en legítima defensa (artículo 51), la acción coercitiva institucionalizada en caso de amenaza a la paz, quebrantamiento de paz, o actos de agresión (capítulo VII, artículo 39 y siguientes). Estos son y deben ser las únicas excepciones de interpretación a tan importante principio de convivencia y de paz internacional; la hermenéutica extensiva a este, como es el ataque preventivo, utilizado básicamente por los Estados Unidos de Norte América, dando inicio a conflictos armados, no se debe permitir, pues conlleva una inseguridad internacional y una amenaza a la paz.

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