DERECHOS HUMANOS Y POLITICA

 CONTRA EL CONSUMO DE DROGAS EN LOS PARQUES



El presidente Gustavo Petro, el 7 de diciembre de 2023, por medio del decreto 2114, derogó el decreto 1844 de 2018, que reglamentaba parcialmente el Código Nacional de Policía, con el que se autorizaba a los miembros de la fuerza pública decomisar la dosis mínima de narcótico en espacios públicos, la imposición de multas y hasta la captura de personas que estuviesen consumiendo en sitios públicos

La opinión pública en seguida reacciono fuertemente contra esa norma y con una interpretación de forma errática, asevero que era un fortalecimiento a las organizaciones criminales y el narcotráfico, debilitando a la Policía Nacional y lo espacios públicos.

Pero desde una óptica de los derechos humanos, podemos argumentar que el espíritu del gobierno 2022 – 2026, en el fondo es luchar contra el gran comercio ilegal de drogas y las organizaciones al margen de la ley y no combatir y perseguir los consumidores de dosis mínimas, en concordancia con lo planteado por la Corte Constitucional en el año 1994

Veamos, el decreto 2114 del 7 de diciembre de 2023, enruta nuevamente nuestro Estado social de Derecho, a lo que había manifestado Corte Constitucional en sentencia C 221 de 1994, con ponencia del magistrado CARLOS GAVIRIA DIAZ, donde despenalizo el consumo de dosis personal, le puso limites el libre desarrollo de la personalidad, e indico que el consumo de droga es un tema de salud pública y no de penalización.

La sentencia C 221 de 1994, dio un cambio, o giro a la visión jurídico-política de represión que se tenía contra el narco trafico en un momento histórico, donde el Estado Colombiano estaba cercado por los grandes carteles de la droga, es decir, la corte ordenaba cambiar esa política pública de la guerra contra el narcotráfico, ya que se había demostrado una tremenda ineficacia y una contradicción con la sociedad democrática.

Lo paradójico de este problema jurídico – político, es que los gobiernos de turno que hemos tenido en Colombia, desde el año 1994, han intentado frenar, o restringir esa visión de avanzada, progresista y de respeto por las normas constitucionales, que fortalecían las instituciones democráticas.

Tenemos por ejemplo el acto legislativo 02 de 2009, que tenía como fin cortar los alcances de la sentencia de la Corte Constitucional de 1994, en el sentido de permitir el consumo sí y solo sí tenía prescripción médica, pero sucedió lo contrario, esta norma abrió la puerta a la ley 1566 de 2012, y reconoció el consumo de sustancias psicoactivas como un asunto de salud.

Posteriormente el decreto 1844 de 2018, que adiciona el decreto 1070 de 2015, el cual reglamenta el Código Nacional de Policía ley 1801 de 2016, hizo que aflorara una serie de irregularidades, abriera el abuso y atropellos de la fuerza pública, en captura masiva y selectiva de jóvenes de los estratos bajos, la incautación y destrucción de la dosis personal, actos abiertamente contrario lo ordenado por la sentencia de la Corte Constitucional C 221 de 1994 y de la Corte Suprema de Justicia sobre el aprovisionamiento SP497-2018, SP025-2019, SP3420-2022.

En este contexto lo que se vive en la actualidad es asumir una posición de estigmatización Vs la despenalización, prohibición Vs regulación, prevención Vs represión, subrayo, los grandes cambios en Colombia lo han generado las altas cortes, no los gobiernos, son los jueces de avanzada los que han puesto límites a los políticos, y a las tendencias filosóficas peligrositas en temas de la autonomía de la personalidad, consumo mínimo, y aprovisionamiento.

Los gobiernos desde el año 1994, con su populismo punitivo le creo un problema a la institucionalidad, toda vez que en el terreno los miembros de la Policía Nacional arropados por el Código Nacional de Policía y el decreto 1844 de 2018, hizo un abuso de perfilamiento y genero un control social autoritario; donde el oficial de policía requisa, captura y definía la cantidad de sustancia, escuchaba a la persona en descargos y el mismo tomaba la decisión como juez, en primera y segunda instancia e incautaba, todo contra los principios establecidos por las altas Cortes , generando insatisfacción dentro de la población, un malestar social, siendo esta una de las causas del estallido social de 2021, donde la sociedad solo encontraban protección de sus garantías y derechos constitucionales en la Judicatura, que respetaba la línea jurisprudencial, que terminaban por proteger al consumidor y al de mayor provisionamiento, es decir al más vulnerable.

El decreto y la política pública derogada, no logro nada positivo, por el contrario, logro distanciar más la fuerza pública con la comunidad, principalmente a los jóvenes, impidió acceder a los jóvenes a las oportunidades, afecto la convivencia, aumento la violencia, la carga laboral, la corrupción en los Comando de Atención CAI y afecto la reputación de la institucionalidad, soló por cumplir un capricho político que va en contravía de 30 años de jurisprudencial.

Por el contrario, el decreto 2114 de 2023, fortalece las instituciones democráticas, les quita carga administrativa a los miembros de la policía, a los inspectores y a la fiscalía para que se puedan dedicar a temas de alto impacto, y el respeto de los derechos humanos,

Es necesario entender que la guerra contra el narcotráfico fracaso y que se debe de derrumbar el prohibicionismo, que la nueva clase dirigente entrante deben de regular el consumo en espacio público, y no ingresar aplicando una política de prohibición y castigo

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