DERECHOS HUMANOS Y POLITICA
CONTRA EL CONSUMO DE
DROGAS EN LOS PARQUES
El presidente Gustavo Petro, el 7 de diciembre de 2023, por medio del
decreto 2114, derogó el decreto 1844 de 2018, que reglamentaba parcialmente el
Código Nacional de Policía, con el que se autorizaba a los miembros de la fuerza
pública decomisar la dosis mínima de narcótico en espacios públicos, la
imposición de multas y hasta la captura de personas que estuviesen consumiendo
en sitios públicos
La opinión pública en seguida reacciono fuertemente contra esa norma y con
una interpretación de forma errática, asevero que era un fortalecimiento a las
organizaciones criminales y el narcotráfico, debilitando a la Policía Nacional
y lo espacios públicos.
Pero desde una óptica de los derechos humanos, podemos argumentar que el espíritu
del gobierno 2022 – 2026, en el fondo es luchar contra el gran comercio ilegal
de drogas y las organizaciones al margen de la ley y no combatir y perseguir
los consumidores de dosis mínimas, en concordancia con lo planteado por la Corte
Constitucional en el año 1994
Veamos, el decreto 2114 del 7 de diciembre de 2023, enruta nuevamente nuestro
Estado social de Derecho, a lo que había manifestado Corte Constitucional en
sentencia C 221 de 1994, con ponencia del magistrado CARLOS GAVIRIA DIAZ, donde
despenalizo el consumo de dosis personal, le puso limites el libre desarrollo
de la personalidad, e indico que el consumo de droga es un tema de salud pública
y no de penalización.
La sentencia C 221 de 1994, dio un cambio, o giro a la visión jurídico-política
de represión que se tenía contra el narco trafico en un momento histórico, donde
el Estado Colombiano estaba cercado por los grandes carteles de la droga, es
decir, la corte ordenaba cambiar esa política pública de la guerra contra el narcotráfico,
ya que se había demostrado una tremenda ineficacia y una contradicción con la sociedad
democrática.
Lo paradójico de este problema jurídico – político, es que los gobiernos de
turno que hemos tenido en Colombia, desde el año 1994, han intentado frenar, o
restringir esa visión de avanzada, progresista y de respeto por las normas
constitucionales, que fortalecían las instituciones democráticas.
Tenemos por ejemplo el acto legislativo 02 de 2009, que tenía como fin cortar
los alcances de la sentencia de la Corte Constitucional de 1994, en el sentido
de permitir el consumo sí y solo sí tenía prescripción médica, pero sucedió lo
contrario, esta norma abrió la puerta a la ley 1566 de 2012, y reconoció el
consumo de sustancias psicoactivas como un asunto de salud.
Posteriormente el decreto 1844 de 2018, que adiciona el decreto 1070 de
2015, el cual reglamenta el Código Nacional de Policía ley 1801 de 2016, hizo que
aflorara una serie de irregularidades, abriera el abuso y atropellos de la
fuerza pública, en captura masiva y selectiva de jóvenes de los estratos bajos,
la incautación y destrucción de la dosis personal, actos abiertamente contrario
lo ordenado por la sentencia de la Corte Constitucional C 221 de 1994 y de la
Corte Suprema de Justicia sobre el aprovisionamiento SP497-2018, SP025-2019,
SP3420-2022.
En este contexto lo que se vive en la actualidad es asumir una posición de estigmatización
Vs la despenalización, prohibición Vs regulación, prevención Vs represión, subrayo,
los grandes cambios en Colombia lo han generado las altas cortes, no los
gobiernos, son los jueces de avanzada los que han puesto límites a los políticos,
y a las tendencias filosóficas peligrositas en temas de la autonomía de la
personalidad, consumo mínimo, y aprovisionamiento.
Los gobiernos desde el año 1994, con su populismo punitivo le creo un
problema a la institucionalidad, toda vez que en el terreno los miembros de la Policía
Nacional arropados por el Código Nacional de Policía y el decreto 1844 de 2018,
hizo un abuso de perfilamiento y genero un control social autoritario; donde el
oficial de policía requisa, captura y definía la cantidad de sustancia,
escuchaba a la persona en descargos y el mismo tomaba la decisión como juez, en
primera y segunda instancia e incautaba, todo contra los principios
establecidos por las altas Cortes , generando insatisfacción dentro de la población,
un malestar social, siendo esta una de las causas del estallido social de 2021,
donde la sociedad solo encontraban protección de sus garantías y derechos
constitucionales en la Judicatura, que respetaba la línea jurisprudencial, que terminaban
por proteger al consumidor y al de mayor provisionamiento, es decir al más
vulnerable.
El decreto y la política pública derogada, no logro nada positivo, por el contrario,
logro distanciar más la fuerza pública con la comunidad, principalmente a los jóvenes,
impidió acceder a los jóvenes a las oportunidades, afecto la convivencia,
aumento la violencia, la carga laboral, la corrupción en los Comando de Atención
CAI y afecto la reputación de la institucionalidad, soló por cumplir un
capricho político que va en contravía de 30 años de jurisprudencial.
Por el contrario, el decreto 2114 de 2023, fortalece las instituciones democráticas,
les quita carga administrativa a los miembros de la policía, a los inspectores y
a la fiscalía para que se puedan dedicar a temas de alto impacto, y el respeto
de los derechos humanos,
Es necesario entender que la guerra contra el narcotráfico fracaso y que se
debe de derrumbar el prohibicionismo, que la nueva clase dirigente entrante
deben de regular el consumo en espacio público, y no ingresar aplicando una política
de prohibición y castigo
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